Diciembre 23 (El Universo).- Uno de los aspectos que mantiene en incertidumbre a varios ciudadanos sobre la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria, que hasta la mañana de este viernes no era publicada en el Registro Oficial, es el correspondiente a los servicios digitales importados que se ofrecen en el país que serán gravados con el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 12%.
Se pagará el IVA del 12 % cuando se contraten y paguen servicios digitales de plataformas internacionales, cuyas oficinas o residencia del prestador del servicio no se encuentre en territorio ecuatoriano; por ello en la última reforma tributaria se especifica claramente que se refiere solo a la importación de servicios digitales.
Hasta el momento se conoce que servicios como UBER, Netflix y Spotify gravarán este impuesto. También gravarían con este impuesto los servicios de empresas como Amazon y eBay.
Mientras que Glovo y Cabify aparecen en el registro de la Superintendencia de Compañías y además cuentan con RUC por lo que no deberían gravar el 12% a la importación de servicios digitales debido a que estas empresas ya generan impuesto a la Renta y a la Salida de Divisas. La misma situación tendría la app Rappi que también aparece en el registro con fecha de creación 30 de julio de 2019.